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Datos del 30/10/2026

Qué es un ETF y cómo funciona

Qué es un ETF: un fondo que cotiza en bolsa y replica un índice. Réplica física o sintética, UCITS, costes reales, cómo se compra y cómo tributa en España.

Verificado el 30/10/2026 con las fuentes oficiales citadas · actualizado el 30/10/2026

En resumen

Qué es
Un fondo de inversión (IIC) cuyas participaciones se compran y venden en bolsa como acciones; normalmente replica un índice[1,2]
Cómo replica
Réplica física (compra los valores del índice, todos o una muestra) o sintética (con derivados, como swaps)[1]
Costes
Comisiones de gestión y depósito del fondo (sin suscripción ni reembolso) más los gastos del intermediario: compraventa, cánones y custodia[1,2]
Retención al vender
Ninguna en la venta de ETF españoles ni de ETF extranjeros análogos (en estos, salvo venta en un mercado de una jurisdicción no cooperativa)[3]
Traspaso
No: los ETF españoles y, desde el 1-1-2022, los extranjeros análogos están excluidos del régimen de traspasos sin tributar, con un régimen transitorio para ETF extranjeros comprados antes de 2022[4,11]
Escala del ahorro 2025 y 2026
19 % hasta 6.000 €; 21 % hasta 50.000 €; 23 % hasta 200.000 €; 27 % hasta 300.000 €; 30 % por encima[8]

Un ETF (exchange-traded fund o fondo cotizado) es un fondo de inversión cuyas participaciones se compran y venden en bolsa durante la sesión, como una acción, y que normalmente replica un índice[1,2]. Según la CNMV, su régimen fiscal «es el de las acciones, no el de los fondos»: sus ventas no tienen retención y no se puede traspasar a otro fondo sin pagar impuestos[2,3,4].

¿Qué es exactamente un ETF?

Legalmente, un ETF es una institución de inversión colectiva (IIC): un patrimonio común de muchos inversores, gestionado por una sociedad gestora y custodiado por una entidad depositaria[1].

Lo que lo distingue de un fondo tradicional es dónde se negocia. En un fondo tradicional el precio (valor liquidativo) lo determina el gestor al final del día; las participaciones de un ETF se negocian en bolsa a precios que cambian durante toda la sesión[1].

Los ETF corresponden a la categoría de fondos indexados: su política de inversión es replicar un índice de renta variable, renta fija, materias primas o divisas y obtener una rentabilidad lo más parecida posible a la suya[1]. En España los primeros ETF se lanzaron en 2006: fueron tres ETF referenciados al IBEX 35[1].

Un ejemplo de documento real

El documento de datos fundamentales del Amundi Core MSCI World UCITS ETF Acc lo describe así: «Acciones de un Subfondo de AMUNDI ETF ICAV, un organismo de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM)», que «se gestiona de forma pasiva» con el objetivo de «reproducir la rentabilidad del MSCI World Index»[5].

El mismo documento explica la diferencia entre mercados: solo los «participantes autorizados» negocian directamente con el fondo (mercado primario); el resto de inversores compra y vende en bolsa (mercado secundario)[5].

¿Cómo funciona un ETF por dentro?

Hay dos piezas: la cartera del fondo, que sigue al índice, y la cotización en bolsa, que mantiene su precio cerca del valor de esa cartera.

Réplica física y réplica sintética

La CNMV distingue dos métodos para seguir un índice[1]:

Método Cómo funciona
Réplica física (directa) Compra los valores del índice, todos o solo una muestra (que puede completarse con derivados), y ajusta periódicamente la composición y los pesos
Réplica sintética (indirecta) Persigue la rentabilidad del índice mediante instrumentos financieros derivados

La CNMV señala que el riesgo de contraparte «afecta a aquellos ETF que utilizan derivados OTC, como los contratos de permutas financieras o swaps»[1]. Algunos ETF también prestan valores para obtener ingresos adicionales: el KID de Amundi indica que el subfondo, de réplica directa, «también podrá realizar operaciones de préstamo de valores»[5].

Especialistas, horquilla y valor liquidativo indicativo

En la bolsa española, cada ETF debe tener al menos un especialista, que mantiene precios de compra y venta durante la sesión; su actuación simultánea en los mercados primario y secundario mantiene la cotización cerca del valor patrimonial mediante arbitraje[1].

Durante la sesión la bolsa difunde un valor liquidativo indicativo estimado. Aun así, lo normal es comprar algo por encima de ese valor y vender algo por debajo, por el diferencial que introducen los especialistas entre precios de compra y venta[1].

Error de seguimiento

El valor liquidativo de un ETF puede separarse del de su índice por las comisiones y gastos que soporta el fondo y por los dividendos que cobra[1,2]. La medida habitual de esa desviación es el error de seguimiento (tracking error): cuanto mayor es, menos fielmente sigue el ETF al índice[1].

¿Qué tipos de ETF existen?

La CNMV los clasifica por su estrategia[1,2]:

  • ETF que siguen al mercado: replican el índice; si el índice sube, el ETF sube.
  • ETF inversos (short): replican un índice inverso; su rentabilidad es positiva cuando el mercado cae.
  • ETF apalancados: multiplican la variación del índice según su grado de apalancamiento (por ejemplo, x2).

Los inversos y los apalancados reflejan la evolución diaria del índice. En el ejemplo de la CNMV, un índice pasa de 100 a 110, a 119,9 y vuelve a 100 en tres días, mientras que el ETF apalancado x2 pasa de 100 a 120, a 141,6 y termina en 94,6: el índice queda igual y el ETF pierde un 5,4 %[1].

Por el índice que replican también hay ETF de renta fija, de materias primas o de divisas, y el nombre indica si cubren el riesgo de divisa[1]. Los ETC son otro tipo de producto cotizado: sus diferencias se explican en la guía sobre ETC y ETF.

Cómo leer el nombre de un ETF

El nombre incluye la gestora, el índice, si es inverso o apalancado, si cumple la directiva UCITS y si cubre la divisa[1]. «UCITS» significa que cumple la normativa europea de organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios; en un ETF español el identificador equivalente es «FI cotizado armonizado»[1]. Las siglas «Acc» y «Dist» indican si reinvierte o reparte los dividendos: se explica en ETF de acumulación o de distribución, y «Hedged» en cobertura de divisa.

¿Dónde están los activos y qué pasa si quiebra la gestora?

Los activos del ETF pertenecen al fondo, no a la gestora. El KID del Vanguard FTSE All-World UCITS ETF lo explica: «El Depositario del Fondo es el encargado de salvaguardar sus activos. En caso de insolvencia de VGIL, los activos del Fondo bajo custodia del Depositario no se verán afectados»[6].

El mismo documento añade el límite: si el depositario fuese insolvente, el fondo podría sufrir pérdidas, riesgo que se mitiga porque la ley exige al depositario separar sus activos de los del fondo; y «no existe un sistema de compensación o garantía que lo proteja de un incumplimiento del Depositario del Fondo»[6].

En los fondos paraguas, cada subfondo tiene «pasivos segregados»: una reclamación contra otro subfondo no afecta a la inversión[6]. Las participaciones del ETF, a su vez, quedan anotadas en la cuenta de valores del inversor en su intermediario.

¿Cuánto cuesta invertir en un ETF?

La CNMV resume los costes en dos grupos: los del propio fondo y los del intermediario[1,2].

Coste Quién lo cobra Cómo se ve
Comisión de gestión y de depósito El fondo Se descuenta a diario del valor liquidativo; no se paga aparte[1,2]
Costes de operación de la cartera El fondo Figuran en el KID como porcentaje anual[5]
Comisión de compraventa El intermediario En cada orden[1,2]
Cánones de contratación y liquidación La bolsa En cada orden; no dependen del intermediario[1]
Administración o custodia El intermediario Periódica, según su tarifa[1,2]
Diferencial compra-venta Mercado Implícito en el precio[1,5]

Los ETF no tienen comisión de suscripción ni de reembolso, pero sí de gestión y depósito[1]. Desde el 1 de enero de 2023, el documento de datos fundamentales del Reglamento PRIIPs se considera conforme con los requisitos de información de los OICVM[7]; la forma de leerlo se explica en cómo leer un KID.

Ejemplo: 10.000 € durante un año

Supuestos: 10.000 € en el Amundi Core MSCI World UCITS ETF Acc, valor constante durante el año (rendimiento 0 %, el mismo supuesto que usa el KID para el primer año), sin diferencial, cánones ni cambio de divisa, compra y venta en el mismo intermediario.

Costes del fondo, según su KID: comisiones de gestión y otros costes del 0,12 % anual y costes de operación del 0,01 % (porcentaje redondeado; el KID los cifra en 1,38 por cada 10.000 invertidos)[5].

  • Gestión: 10.000 × 0,12 % = 12,00 €
  • Operación: 1,38 €
  • Total del fondo: 12,00 + 1,38 = 13,38 € (el KID lo redondea a 13 de costes totales el primer año)[5]

Costes del intermediario con dos estructuras de tarifa habituales, con importes supuestos solo para el cálculo (no son tarifas de ninguna entidad concreta):

Estructura de tarifa (supuesta) Compra Venta Total con el fondo
Tarifa fija: 3 € por orden 3,00 € 3,00 € 13,38 + 6,00 = 19,38 €
Tarifa porcentual: 0,12 % por orden, mínimo 1 € y máximo 25 € 12,00 € 12,00 € 13,38 + 24,00 = 37,38 €

Con 1.000 € en lugar de 10.000 €, el fondo costaría 1,34 € (1,20 + 0,138) y las dos órdenes, 6,00 € con la tarifa fija y 2,40 € con la porcentual (1.000 × 0,12 % = 1,20 € por orden, por encima del mínimo de 1 €): 7,34 € frente a 3,74 €. El importe de cada operación cambia qué estructura resulta más barata; las tarifas reales de cada intermediario, con su fuente y fecha, están en las fichas de brokers, y la herramienta de coste real por broker calcula el total con un importe y una frecuencia concretos.

¿Cómo se compra un ETF?

  1. Elegir un intermediario autorizado. Los ETF se compran a través de intermediarios financieros como bancos, sociedades y agencias de valores; la CNMV aconseja verificar en su registro público o en el del Banco de España que el intermediario está autorizado[1]. Puede hacerse con el comprobador de entidades.
  2. Abrir una cuenta de valores. Al tratarse de valores cotizados, es necesaria y puede tener gastos de administración o custodia[1,2].
  3. Localizar el ETF por su ISIN y elegir el mercado: las participaciones de un mismo ETF pueden cotizar en una o más bolsas[5].
  4. Dar la orden. El sistema bursátil español admite órdenes limitadas (con precio máximo de compra o mínimo de venta), de mercado (sin límite de precio) y por lo mejor (al mejor precio de contrapartida, sin cruzar a precios peores)[1].
  5. Leer antes el KID. Es la información exigida por ley sobre la naturaleza, los riesgos y los costes del producto[5,7]; la CNMV insiste en consultarlo, junto con el folleto, para tomar una decisión de inversión fundada[1,2].

En el buscador de ETF se puede filtrar por los brokers que venden cada ETF en España.

¿Cómo tributa un ETF en España?

La CNMV lo resume: el régimen fiscal del inversor en ETF «es el de las acciones, no el de los fondos»[2].

Situación Tratamiento Norma
Venta con ganancia o pérdida Ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro Arts. 46, 66 y 76 LIRPF[8]
Retención al vender No hay en ETF españoles ni en extranjeros análogos; en estos, salvo venta en un mercado de una jurisdicción no cooperativa Art. 75.3.j) RIRPF[3]
Cambio a otro fondo o ETF No hay traspaso: se vende y se tributa Art. 94 LIRPF[4]
Dividendos de un ETF de distribución Rendimiento del capital mobiliario en la base del ahorro; retención del 19 % cuando se practica en España Arts. 25.1 y 46 LIRPF; art. 90 RIRPF[8,9,12]
Venta con pérdida y recompra en 2 meses La pérdida no se integra hasta que se transmitan los valores recomprados Art. 33.5.f) LIRPF[10]

La exclusión del traspaso afecta a los ETF españoles y, desde el 1 de enero de 2022, a los extranjeros análogos, «cualquiera que sea el mercado regulado o el sistema multilateral de negociación en el que coticen»[4].

Hay un régimen transitorio: esa exclusión no se aplica a los ETF extranjeros adquiridos antes del 1 de enero de 2022 y no cotizados en una bolsa española, siempre que el importe del reembolso o la venta no se destine a comprar otro ETF[11]. Deben cumplirse además los demás requisitos del régimen de traspasos[4]. Los detalles están en la guía de traspaso de fondos, y la recompra en dos meses, en la regla de los dos meses.

Ejemplo de tributación (ejercicio 2026)

Supuestos: residente en territorio común, sin otras rentas del ahorro en 2026, con base general suficiente para absorber el mínimo personal y familiar, sin comisiones para simplificar. Compra 100 participaciones a 100 € (10.000 €) y las vende en 2026 a 125 € (12.500 €).

  • Ganancia: 12.500 − 10.000 = 2.500 €
  • Cuota: 2.500 × 19 % = 475 €, que se paga en la declaración de la renta de 2026 (presentada en 2027), porque la venta no tuvo retención[3,8].

Con una ganancia de 8.000 €: 6.000 × 19 % = 1.140 € y 2.000 × 21 % = 420 €; total 1.560 €[8]. La calculadora de impuestos del ahorro aplica la escala completa. País Vasco y Navarra tienen normativa foral propia y no se cubren en este ejemplo.

Riesgos que conviene conocer

  • Riesgo de mercado: un ETF de renta variable sube y baja con su índice; en mercados adversos puede registrar pérdidas, igual que una inversión en acciones[1,2].
  • Riesgo de divisa: un ETF en euros sobre el S&P 500 expone al dólar; la CNMV lo describe como un «doble riesgo»[1].
  • Riesgo de contraparte: en la réplica sintética con derivados OTC[1].
  • Diferencial y error de seguimiento: el precio pagado y la rentabilidad obtenida pueden diferir del índice[1].
  • Productos complejos: inversos y apalancados reflejan la variación diaria[1].

Ningún fondo de garantía cubre la pérdida de valor de un ETF. El FGD lo dice expresamente: «no cubre las pérdidas de valor de los títulos citados, solo la no devolución de estos»[14]. El Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN) indemniza, hasta 100.000 €, cuando una entidad adherida no puede devolver el efectivo y los valores confiados[13]; el FGD hace lo mismo, también hasta 100.000 €, con los valores confiados a entidades de crédito[14].

Preguntas frecuentes

¿Qué es un ETF en palabras sencillas?

Es un fondo de inversión que cotiza en bolsa. Como cualquier fondo, reúne el dinero de muchos inversores, lo gestiona una sociedad gestora y una entidad depositaria custodia sus activos; a diferencia de un fondo tradicional, sus participaciones se compran y venden durante la sesión, como una acción[1,2].

¿Invertir en ETF es seguro?

Un ETF no garantiza el capital. La CNMV recuerda que, aunque invertir en un índice ayuda a diversificar, «el inversor no puede ignorar la posibilidad de sufrir pérdidas»[1]. Los activos del fondo los custodia un depositario separado de la gestora, pero el documento de datos fundamentales de un ETF irlandés de Vanguard advierte de que «no existe un sistema de compensación o garantía» que proteja de un incumplimiento del depositario[6].

¿Cómo se compra un ETF en España?

A través de un intermediario financiero (banco, sociedad o agencia de valores) en el que se abre una cuenta de valores; la orden se da en bolsa como la de una acción: limitada, de mercado o por lo mejor[1]. La CNMV aconseja comprobar antes en su registro público o en el del Banco de España que el intermediario está autorizado[1].

¿Qué diferencia hay entre un ETF y un fondo indexado?

Ambos son IIC y pueden replicar el mismo índice. El fondo indexado tradicional se suscribe y reembolsa a su valor liquidativo y puede acogerse al régimen de traspasos sin tributar; el ETF se negocia en bolsa a precio de mercado, requiere cuenta de valores y queda fuera de ese régimen[1,2,4].

¿Cómo tributa un ETF en la declaración de la renta?

La venta genera una ganancia o pérdida patrimonial que se integra en la base del ahorro (19 % a 30 % según tramos) y no tiene retención[3,8]. Si el ETF reparte dividendos, estos son rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro; cuando se practica retención en España, es del 19 %[8,9,12].

¿Qué significa UCITS en el nombre de un ETF?

Que el fondo cumple la directiva europea de organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM o UCITS). En los ETF españoles el identificador equivalente es «FI cotizado armonizado»[1].

¿Qué es un ETF apalancado o inverso?

Un ETF inverso replica un índice de evolución contraria a la del mercado y uno apalancado multiplica la variación del índice (por ejemplo, x2). Ambos reflejan la evolución diaria del índice, no la del periodo completo, por lo que a plazos largos su resultado puede diferir mucho de lo esperado; la CNMV indica que los apalancados requieren un mayor conocimiento y entrañan mayor riesgo[1].

Relacionado

Fuentes

  1. Guía de la CNMV: Los Fondos Cotizados en Bolsa (ETF) CNMV · Sin fecha impresa; PDF fechado el 21/10/2020 en sus metadatos; documento de la CNMV en colaboración con BME, anterior al KID PRIIPs para OICVM (menciona el DFI) · consultado el 30/10/2026
  2. Guía rápida de la CNMV: Clasificación de fondos. Fondos cotizados (ETF) CNMV · Sin fecha impresa; archivo publicado el 11/11/2020 según el servidor de la CNMV · consultado el 30/10/2026
  3. Reglamento del IRPF (RD 439/2007), artículo 75.3.j) (rentas no sometidas a retención: IIC cotizadas) BOE · Texto consolidado; letra j) añadida por el RD 249/2023 y sin cambios desde entonces; última versión del art. 75 de 07/10/2026 (RDL 29/2026, pendiente de convalidación a 30/10/2026, no afecta a la letra j) · consultado el 30/10/2026
  4. Ley 35/2006 del IRPF, artículo 94 (régimen de traspasos entre IIC) BOE · Redacción de la Ley 11/2021, con efectos desde el 01/01/2022 · consultado el 30/10/2026
  5. Documento de datos fundamentales: Amundi Core MSCI World UCITS ETF Acc (IE000BI8OT95) Amundi Ireland Limited · Publicado el 28/04/2026 · consultado el 30/10/2026
  6. Documento de datos fundamentales: Vanguard FTSE All-World UCITS ETF (USD) Distributing (IE00B3RBWM25) Vanguard Group (Ireland) Limited · Publicado el 29/09/2026 · consultado el 30/10/2026
  7. Directiva (UE) 2021/2261, uso de los documentos de datos fundamentales por las gestoras de OICVM BOE (DOUE) · DOUE núm. 455, de 20/12/2021; los Estados aplican sus disposiciones desde el 1 de enero de 2023 (art. 2) · consultado el 30/10/2026
  8. Ley 35/2006 del IRPF, artículos 46, 66 y 76 (renta del ahorro y escala de la base liquidable del ahorro) BOE · Arts. 66 y 76 en la redacción de la Ley 7/2024, con efectos desde el 01/01/2025; sin cambios publicados para 2026 · consultado el 30/10/2026
  9. Reglamento del IRPF (RD 439/2007), artículo 90 (retención del 19 % sobre rendimientos del capital mobiliario) BOE · Versión de 22/12/2018 · consultado el 30/10/2026
  10. Ley 35/2006 del IRPF, artículo 33.5.f) (pérdidas por recompra de valores homogéneos) BOE · Versión vigente desde el 01/01/2015 · consultado el 30/10/2026
  11. Ley 35/2006 del IRPF, disposición transitoria trigésima sexta (IIC cotizadas extranjeras adquiridas antes del 1 de enero de 2022) BOE · Añadida por la Ley 11/2021, con efectos desde el 01/01/2022 · consultado el 30/10/2026
  12. Ley 35/2006 del IRPF, artículo 25.1 (rendimientos del capital mobiliario: participación en beneficios de cualquier entidad) BOE · Versión vigente desde el 01/01/2015 · consultado el 30/10/2026
  13. FOGAIN: información para inversores (cobertura del Fondo General de Garantía de Inversiones) Gestora del Fondo General de Garantía de Inversiones · Página sin fecha; consultada el 30/10/2026 · consultado el 30/10/2026
  14. FGD: depósitos en valores garantizados Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito · Página sin fecha; consultada el 30/10/2026 · consultado el 30/10/2026

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